CONDICIONES GENERALES ALQUILER AUTOCARAVANAS, CAMPER PALS

CONDICIONES GENERALES ALQUILER AUTOCARAVANAS, CAMPER PALS

  • ÁMBITO DE APLICACIÓN, CONTENIDO DEL CONTRATO Y DERECHO APLICABLE.
  • Sólo serán válidas las siguientes condiciones generales aprobadas por la sociedad JUNAMADA, SL (el arrendador). No se admitirán modificaciones por parte del arrendatario.
  • El objeto del contrato formalizado con el arrendatario es únicamente entrega en régimen de alquiler de la autocaravana.
  • En caso de reserva, entre el arrendatario y el arrendador se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho del Estado Español. El arrendatario se organizará él mismo su viaje y usará el vehículo alquilado bajo su responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada, bajo penalización en caso de incumplimiento.
  • Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado del vehículo.
  • Todos los acuerdos entre el arrendatario y el arrendador se realizarán por escrito y firmados por ambos.
  • EDAD MÍNIMA, CONDUCTORES AUTORIZADOS. (vehículos con un peso máximo de 3,5 toneladas)
  • El arrendador y cada uno de los conductores tendrán que tener como mínimo 25 años y estar en posesión del permiso de conducción clase B con más de dos años de antigüedad.
  • En caso de vehículos de más de 5 plazas, la edad mínima del conductor será de 28 años y la antigüedad necesaria de 4 años de carnet.
  • En caso de arrendatarios con residencia fuera de la UE será necesario tener el carné de conducir internacional.
  • Si en el momento de la entrega del vehículo no se dispone del carné de conducir correspondiente o no está vigente, se considerará que no se ha recogido la autocaravana y se aplicarán las correspondientes condiciones de anulación.
  • Todos los posibles conductores tendrán que aparecer en el contrato de alquiler como conductores. Sólo los conductores registrados podrán conducir su vehículo.
  • PRECIOS DE ALQUILER Y CÁLCULO, DURACIÓN DEL ALQUILER.
  • Los precios del alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. El período mínimo establecido de alquiler durante determinadas épocas del año, también se deriva de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de la firma del contrato. En función de los días de alquiler reservados, serán válidos los precios que aparecen en la lista para la temporada correspondiente. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cantidad también se puede consultar en la lista de precios del inquilino vigentes en el momento de formalizar el contrato.

PRECIOS:

TEMPORADAMESESMÍNIMO DÍAS
TEMPORADA ALTA AGOSTO 7
TEMPORADA MEDIA-ALTAJULIO, SEPTIEMBRE3
 SEMANA SANTA y NAVIDAD5
TEMPORADA MEDIAMAYO y JUNIO3
TEMPORADA BAJAABRIL, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE3
TEMPORADA REDUCIDAENERO, FEBRERO, MARZO3
  • Los precios del alquiler de los accesorios opcionales se derivan de la lista de precios del inquilino en vigor en el momento de formalizar el contrato.
  • El alquiler mínimo será de tres días.
  • Los correspondientes precios del alquiler incluyen: IVA, kilometraje limitado según tarifas, seguro a todo riesgo con franquicia de 750 € del vehículo y garantía de movilidad del fabricante chasis-cabina.
  • El período de alquiler comienza con la recogida del vehículo por parte del arrendatario en las instalaciones de “CAMPER PALS” y finaliza en el momento de la entrega del vehículo a las mismas instalaciones.
  • Si se devuelve el vehículo una vez transcurrida la hora acordada por escrito, el arrendador computará 26€/h de retraso. El arrendatario asumirá todos los gastos derivados de que no se pueda cumplir con la entrega del vehículo al siguiente compromiso de alquiler frente a otro arrendatario debido a su retraso en la entrega.
  • En caso de devolver el vehículo antes de que termine el período de alquiler contratado, no se devolverá la parte proporcional no utilizada.
  • La autocaravana se entrega con el depósito de combustible lleno y debe devolverse igual. En caso contrario, el arrendador cobrará 2,20€ brutos por Litro de combustible. El arrendatario correrá con los gastos de carburante y funcionamiento durante el período del alquiler.
  • Para recoger/devolver el vehículo en un lugar diferente a las instalaciones de “CAMPER PALS PARK” o en distinto horario al establecido, será necesario un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que será pactado antes de la recogida del vehículo, cuando se firme el contrato.
  • RESERVA.
  • Las reservas sólo serán vinculantes después de la confirmación del arrendador.
  • Una vez el arrendador haya entregado la confirmación por escrito de la reserva, el arrendatario deberá pagar el depósito del 30% del importe del alquiler en el plazo máximo de 5 días, una vez realizado el depósito la oferta pasa a ser vinculante por ambas partes.
  • En caso de reservas a corto plazo (menos de 30 días), el precio del alquiler al realizar la reserva será del 100% para que quede confirmada y deberá realizarse en un plazo máximo de 48 horas.
  • Una vez pagada la reserva el cliente deberá enviar:
    • DNI de todos los viajeros del vehículo.
  • Si no se realiza el pago dentro de los plazos previstos la reserva dejará de ser vinculante por el arrendador.
  • En caso de cancelación de la reserva una vez hecho el pago habrá las siguientes penalizaciones:
    • Causas justificadas o casos COVID: 0%
  • CONDICIONES DE PAGO Y FIANZA.
  • El precio del alquiler previsto en función de las fechas de reserva deberá ingresarse en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario, máximo 30 días antes de la recogida del vehículo.
  • En el momento de la recogida del vehículo el arrendatario deberá abonar una cantidad de 750 € mediante tarjeta de crédito, en concepto de fianza y como garantía del cumplimiento de las obligaciones de este contrato.
  • La reserva se devolverá después de que el vehículo sea examinado por un responsable de la empresa arrendadora en un plazo máximo de 48 horas.
  • En caso de desperfectos por mal uso o faltar algún objeto, se dictaminará el importe que el cliente deberá pagar. Este importe se restará de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos es superior al valor de la fianza.
  • En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 30 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza en su caso o reclamar la diferencia si el coste de los desperfectos es superior.
  • En caso de siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del todo riesgo.
  • En caso de que deba abonarse al arrendatario una compensación del precio del alquiler pagado por adelantado, este importe también se devolverá junto con la fianza.
  • El arrendatario se compromete a pagar al arrendador en el momento de la devolución del vehículo:
    • El kilometraje en que se exceda a lo pactado según condiciones a un precio de 0,30€/Km:
      • Alquileres de menos de 7 días: 300Km por día.
  • También se compromete a pagar:
    • El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o el arrendador, derivadas del tiempo de vigencia del contrato de alquiler, salvo si son causadas por el arrendador.
  • ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO.
  • Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico del arrendador en el punto de entrega (CHECK OUT), en el que se describirá el estado del vehículo y en el que firmarán ambas partes. El arrendador podrá negarse a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la inspección del vehículo.
  • El vehículo se entregará con 2 juegos de llaves y la correspondiente documentación. La pérdida de las claves tiene un coste de 300 € y la pérdida de la documentación supondrá una penalización de 400 €.
  • Por norma general, las entregas y recepciones de los vehículos se efectuarán de lunes a viernes de 16 a 19 horas. Los horarios que aparecen en el contrato se considerarán los acordados. Los sábados sólo se podrán realizar entregas y devoluciones si se ha acordado previamente y a cambio de una remuneración adicional según tarifa. El día de entrega y devolución sumarán juntos un día, siempre que el total de hora no sea superior a 24h.
  • En el momento de la entrega del vehículo se anotará el kilometraje del momento de entrega y se volverá a anotar en el momento del regreso.
  • La no presentación del cliente en el lugar y hora acordados para el inicio del alquiler sin motivos justificados tendrá la consideración de rescisión unilateral del contrato y reserva, con una penalización del 100% del valor del alquiler contratado. Esta no presentación facultará al arrendador a disponer del vehículo reservado careciendo del arrendatario derecho a indemnización ni compensación.
  • Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final del vehículo junto con el arrendador. Se elaborará un acta de devolución (CHECK IN) que tendrán que firmar arrendador y arrendatario. El arrendador dispone de 48h para detectar desperfectos no visibles en el momento de la recepción del vehículo antes de realizar la devolución de la fianza. Los desperfectos que no consten en el acto de devolución pero que se detecten en el control posterior correrán a cargo del arrendatario. La no firma del acta de devolución no eximirá de responsabilidades al arrendatario.
  • Los retrasos en la devolución no autorizados serán penalizados con una tarifa de 26€/h. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado deberá ser comunicada de inmediato al arrendador para que éste la acepte, de lo contrario se considerará un retraso no autorizado.
  • Si el arrendatario desea alargar el alquiler deberá solicitarlo al arrendador con un mínimo de 3 días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga quedará sujeta a las disponibilidades que en ese momento tenga el arrendador.
  • Cualquier alteración en las fechas del alquiler deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendatario se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su uso contraviniese lo dispuesto.
  • En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en el que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas propias, entrega en el buzón o no disponibilidad, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del arrendador.
  • El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales y WC despejados y limpios. En caso contrario le cobrará un suplemento en concepto de limpieza.
CONCEPTOPRECIO
Vaciado aguas grises80€
Limpieza interior80€
Vaciado aguas negras80€
Pérdida de llaves300€
Pérdida de documentación400€
  • El vehículo se entregará con el depósito de combustible lleno y debe ser devuelto lleno, de lo contrario se cobrará el coste de llenar el depósito o el correspondiente a 2,20€/L hasta ser llenado.
  • el vehículo se entregará con dos bombonas de gas llenas que se tendrán que devolver igualmente llenas, en caso de no serlo se restará el coste de reposición de la fianza.
  • El hecho de llenar el depósito de agua potable con combustible o el depósito de combustible con agua u otra sustancia implicará una penalización de 750 €.
  • Irán a cargo de la empresa los gastos de aceite, líquido limpia cristales y mantenimiento del vehículo.
  • USOS PROHIBIDOS, OBLIGACIONES DE MANTENIMIENTO Y PROTECCIÓN.
  • El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, con toda la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:
    • No permitir que conduzcan a otras personas más que el mismo o las expresamente autorizadas en el contrato.
AlemaniaAndorraÁustriaBélgica
BulgariaRepública ChecaChipreCroacia
DinamarcaRepública eslovacaEsloveniaEspaña
EstoniaFinlandiaFranciaGran Bretaña
GreciaHolandaHungriaIrlanda
IslandiaItaliaLetoniaLituania
luxemburgoMaltaNoruegaPolonia
PortugalRumaniaSueciaSuiza
AlbaniaBielorrusiabosnia-herzegovinaMacedonia
MoldaviaSerbiaTunezTurquia
Ucrania   

**Para viajar a Marruecos será necesaria una autorización expresa de la empresa.

  • Queda prohibido viajar a países que estén en guerra o en los que haya conflictos bélicos.
    • Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiarlo cuando no se use y protegerlo del deterioro de las heladas, granizadas u otros fenómenos atmosféricos susceptibles de causar daños importantes.
  • COMPORTAMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE.
  • En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá informar de inmediato a la policía y al arrendador llamando al teléfono del centro de alquiler (el teléfono consta en el contrato de alquiler).
  • Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la declaración amistosa de accidentes. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificación inmediata a las autoridades del accidente si existe culpabilidad de lo contrario. El parto de accidentes deberá entregarse debidamente cumplimentado y firmado a más tardar en el momento de devolver el vehículo al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las personas implicadas, sus datos del carné de conducir, los datos de lo contrario con el nombre de la compañía asegurada y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos y las matrículas de los vehículos afectados.
  • En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente de inmediato, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo de 24 horas; quedando sin efecto de lo contrario los seguros y coberturas contratadas.
  • Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un esbozo. Si el arrendatario no elabora el informe e impide así que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente a la totalidad.
  • No abandonar el vehículo sin tomar las medidas adecuadas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la compañía de asistencia en carretera contratada por la aseguradora.
  • En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia del mismo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
  • DEFECTOS DE LA AUTOCARAVANA.
  • Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.
  • Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en el vehículo o en su equipamiento una vez haya comenzado el período del alquiler.
  • Quedan excluidos los derechos de indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, salvo que esta pretensión esté motivada por un daño no evidente.
  • REPARACIÓN DEL VEHÍCULO.
  • El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca chasis-motor.
  • Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, siendo necesario contactar con el arrendador o con la compañía de asistencia concertada por el arrendador y sólo con ésta, y se deberá dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.
  • El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período del alquiler y que no superen los 150€. Por eso, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según el apartado 11. Quedan excluidos de esta norma los daños que afectan a los neumáticos.
  • En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, este último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y concederlo un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabiliza de las condiciones específicas de cada país que comporten una demora a la hora de realizar la operación.
  • En caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
  • En caso de que sin culpa por parte del arrendatario, el vehículo sufra daños graves o se prevea que el vehículo no se podrá usar durante un largo período de tiempo o deberá retirarse de la circulación, el arrendador, si tuviera disponibilidad por poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto, con las mismas plazas o superiores, quedaría excluida una rescisión del contrato.
  • En caso de que siendo culpable el arrendatario, que el vehículo sufra graves daños o se prevea que el vehículo no podrá ser usado por un largo período de tiempo o deberá retirarse de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de repuesto. En ese caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de repuesto, podrá cobrar al arrendatario los eventuales gastos que se deriven.
  • RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO, SEGURO A TODO RIESGO.
  • Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 750 €, que deberá asumir el arrendatario.
  • El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sea consecuencia de siniestro o comportamiento dolos.
  • No se eximirá al arrendatario de responsabilidad si éste no ha hecho caso de las normas citadas en el apartado 8, si existe comportamiento dolos o si el daño es causado de forma premeditada o negligente.
  • El arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos:
    • Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente del país en el que está circulando.
    • Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
    • Si el arrendatario o conductor, a quien el arrendatario ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
    • Si el arrendatario, en contra de las obligaciones establecidas en el apartado 8, no avisa a la policía en caso de accidente, salvo en caso de que esta infracción influya en la comprobación de los motivos del daño ni de su alcance.
    • Si el arrendatario infringe otras obligaciones del apartado 8, salvo en caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni de su alcance.
    • Si los daños se deben a un uso de los prohibidos en el apartado 7.1
    • Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apartado 7.2
    • Si los daños les ha causado un conductor no autorizado al que el arrendatario haya dejado el vehículo.
    • Si los daños se han producido por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, longitud y anchura).
    • Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.
    • El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador del período del contrato. Salvo si se deben a causas imputables al arrendador.
    • En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.
  • RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR, PRESCRIPCIÓN.
  • El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de los errores mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni se responsable de gastos, retrasos o perjuicios de algún modo producidos, directa o indirectamente como consecuencia de estos errores o averías.
  • Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo a la fecha establecida, esto no daría derecha a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.
  • El arrendador no asume ninguna responsabilidad frente al arrendatario, sobre el vehículo del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler del vehículo.
  • El arrendador responderá de forma ilimitada en caso de dolo y negligencia grave. Si se trata de una negligencia leve, el arrendador sólo responderá de forma limitada a los años previsibles establecidos en el contrato, en la medida en que se infrinja una obligación cuyo cumplimiento sea de especial importancia para atrapar el objetivo contratar ( obligación cardenal). Esta medida de responsabilidad será también válida en los casos en que surjan obstáculos para la prestación de servicios al formalizar el contrato.
  • Serán válidas las condiciones comerciales generales expuestas en el centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.
  • JURISDICCIÓN
  • En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler del vehículo, se acuerda que la jurisdicción sea la del centro de alquiler.